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Hipotecas, gasto por intereses a descontar para 2018

También este año será posible que los contribuyentes aprovechen una serie de subsidios IRPEF sobre algunos gastos incurridos. Una de las principales preocupaciones, los prestatarios que pueden requerir la deducción de los intereses pagados por el préstamo en 2017, que se incluirán en el modelo 730 precompilado Agencia de Ingresos, con cantidades que varían según el propósito para el cual la hipoteca fue estipulada.

Primera hipoteca de la casa

En el caso de los préstamos para la primera casa, entendida como el establecimiento, en el que el contribuyente o su familia su residencia habitual, se admite que el titular de una deducción de la hipoteca igual al 19% de la cantidad pagada por gastos por intereses y en un plazo máximo de 4.000 euros. El beneficiario de la deducción fiscal debe ser la misma persona a la que pertenece la hipoteca y, en el caso de una pareja de cónyuges que han comprado la casa conjuntamente, cada cónyuge puede deducir el interés solo por su parte, por un monto máximo 2.000 euros: en el caso de que uno de los dos esté cargado fiscalmente al otro, la deducción corresponde a este último para ambas acciones.

Hipotecas por renovación o construcción de la primera casa

En este caso, la deducción es posible para los contratos estipulados a partir del 1 de enero de 1998, de nuevo en el 19% pero por un importe no superior a 2.582,28 euros. La reducción está permitida a condición de que la firma del contrato de hipoteca por parte del propietario como propiedad (u otro derecho de propiedad inmueble) tenga lugar en los seis meses anteriores o en los dieciocho meses posteriores al comienzo de las obras de construcción.

Se prevé una excepción para el año 1997, en la que los intereses pasivos pueden deducirse en el caso del crédito otorgado para la renovación, el mantenimiento y la restauración de los edificios.

Hipotecas para la compra de la segunda casa

Para los préstamos estipulados antes de 1993, se podrá solicitar una deducción del 19% también en relación con propiedades distintas de la primera vivienda: el importe máximo será de 2.065,83 euros por cada titular del préstamo.

En particular, para los préstamos contraídos hasta el 31 de diciembre de 1990, también se pueden deducir las propiedades que no sean viviendas, mientras que para las hipotecas registradas en 1991 y 1992 solo se aplica la deducción por las propiedades que se utilizarán como viviendas distintas de las viviendas. el principal, por lo tanto también la segunda casa. El beneficio no será pagadero si la conclusión del contrato se produjo después del 31 de diciembre de 1992 por razones distintas a la compra de la residencia principal.

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